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Transcripciones de taquígrafos y grabaciones electrónicas

Los procesos de la corte son registrados por un taquígrafo de la corte o grabados electrónicamente. Dependiendo del proceso específico, podrá haber disponible, previa solicitud, una transcripción en papel o una copia de una grabación electrónica.

¿Qué es una transcripción de la corte?

Una transcripción corte es una copia escrita, mecanografiada o impresa del registro de la corte que se captura en un acta de órdenes judiciales del secretario y las notas de un taquígrafo de la corte o una grabadora electrónica. A partir del 13 de octubre de 2020, la corte proporcionará taquígrafos de la corte en todos los procesos obligatorios, incluyendo los siguientes casos: delitos mayores penales; dependencia de menores; justicia de menores; Ley Lanterman-Petris-Short (LPS); desacato en asuntos civiles y de familia; asuntos de la corte de familia en los que sea obligatorio un taquígrafo oficial de la corte, como solicitudes para retirar el consentimiento a una adopción, testimonio de un menor en el despacho de un juez y peticiones para liberar a un menor del cuidado y el control de sus padres; casos en los que sea obligatorio un taquígrafo oficial de la corte conforme a la opinión de la Corte Suprema en el caso de Jameson contra Desta, e incluyendo cualquiera de estos casos que sea asignado para juicio o audiencia de causa prolongada a la División Civil o para ser atendido por un juez asignado a la División Civil. Las solicitudes de transcripciones para taquígrafos de la corte contratados de forma privada en asuntos civiles y testamentarios tienen que hacerse directamente a los taquígrafos de la corte contratados. Haga clic para ir a la sección de esta página sobre cómo obtener una transcripción de la corte.

O vaya directamente al formulario de solicitud de transcripción:

Formulario de solicitud de transcripción

¿Qué es una grabación de la corte?

Una grabación de la corte es un método alternativo para grabar los procesos de la corte de casos de delitos menores o infracciones usando un dispositivo electrónico de grabación (Código de Gobierno, sección 69957) (en inglés). Vea la sección de abajo para obtener información sobre la obtención de una grabación electrónica de la corte.

NOTA relativa a las audiencias de reclamos menores: Esta corte usa equipos de grabación electrónica con el propósito interno de Personal de monitorear el desempeño de los jueces. Una grabación electrónica hecha con el propósito de monitorear el desempeño de un juez no se usará para ningún otro propósito y no se pondrá a disposición del público (Código de Gobierno, sección 69957(b)).

¿Cómo solicito una grabación de la corte?

Presente el formulario de solicitud de transcripción/grabación en línea

O

Llene la versión en PDF del formulario de solicitud de transcripción/grabación y envíelo por fax o correo postal a Servicios de la Corte. (La dirección y el número de fax están en el formulario). Puede llenar el formulario en línea antes de imprimirlo.

Una vez que se reciba un formulario llenado, Servicios de la Corte se comunicará con usted para informarle el costo de la producción de una copia de audio de la sesión de la audiencia que está solicitando. (Nota: Use un formulario por cada solicitud de grabación).

¿Cuánto costará la grabación?

La corte aplicará un cargo para cubrir el costo del CD/casete, la creación de la grabación y los costos administrativos para procesar su solicitud. La cuota actual es de $10.00 por disco; vea "Copiar registro electrónico de sesión de la corte en un CD" (M03) en la página Cuotas de la corte local, sección Cuotas misceláneas de la lista de cuotas (en inglés) (desplácese hacia abajo para encontrar la cuota M03).

La corte proporcionará una copia de la grabación electrónica una vez que reciba el formulario de solicitud y el pago de la cuota asociada.

¿Qué sucede si necesito mi grabación lo antes posible?

Si su solicitud es urgente, escriba “RUSH” en el formulario de solicitud o en la casilla de comentarios del formulario en línea. Normalmente se lleva unos días procesar una solicitud, pero Servicios de la Corte puede acelerar las solicitudes urgentes. En algunos casos, puede que no sea posible que la corte proporcione una copia de una grabación de forma urgente, pero se hará todo lo posible para satisfacer la solicitud.

¿De cuánto tiempo atrás puedo solicitar una grabación?

Vea la legislación estatal (Código de Gobierno, sección 68152 ) (en inglés) para obtener información sobre cuándo se puede destruir el registro oficial de los casos.

¿Qué pasa si necesito una transcripción de la grabación?

Si desea pedir que se transcriba su grabación electrónica para expedientes personales, comuníquese con una agencia de transcripción a través del directorio telefónico local o a través de Internet.

Si presentó una apelación sobre su caso de tránsito, indique su solicitud de transcripción en el formulario de apelación de tránsito (formulario CR-142 del Consejo Judicial ). Vea la regla penal local 9 (en inglés) para obtener más información.

Transcripciones del taquígrafo de la corte

A partir del 13 de octubre de 2020, la corte proporcionará taquígrafos de la corte en todos los procesos obligatorios, incluyendo los siguientes casos: delitos mayores penales; dependencia de menores; justicia de menores; Ley Lanterman-Petris-Short (LPS); desacato en asuntos civiles y de familia; asuntos de la corte de familia en los que sea obligatorio un taquígrafo oficial de la corte, como solicitudes para retirar el consentimiento a una adopción, testimonio de un menor en el despacho de un juez y peticiones para liberar a un menor del cuidado y el control de sus padres; casos en los que sea obligatorio un taquígrafo oficial de la corte conforme a la opinión de la Corte Suprema en el caso de Jameson contra Desta, e incluyendo cualquiera de estos casos que sea asignado para juicio o audiencia de causa prolongada a la División Civil o para ser atendido por un juez asignado a la División Civil. Las solicitudes de transcripciones para taquígrafos de la corte contratados de forma privada en asuntos civiles y testamentarios tienen que hacerse directamente a los taquígrafos de la corte contratados.

¿Cómo solicito una transcripción de la corte?

Si ya conoce el nombre del taquígrafo de la corte:

Envíe el formulario de solicitud de transcripción/grabación EN LÍNEA

O

Llene la versión en PDF del formulario de solicitud de transcripción/grabación y envíelo por fax o correo postal a Servicios de la Corte. (La dirección y el número de fax están en el formulario). Puede llenar el formulario en línea antes de imprimirlo. Use un formulario por cada solicitud.

¿Qué pasa si necesito buscar quién fue el taquígrafo de la corte en la fecha de mi audiencia?

Para audiencias después de 2013: vaya a la página del año de su audiencia: 20242023, 2022, 2021, 2020, 2019, 2018, 2017, 2016, 2015, 2014.

Después de ir al año correcto, haga clic en el enlace de la semana de su audiencia y busque el departamento en el que se realizó su audiencia para encontrar el nombre del taquígrafo de la corte de ese día.

Para audiencias después de 2013: los registros de asignaciones de taquígrafos de la corte no están disponibles en línea para el año 2013 y años anteriores. El nombre del taquígrafo de la corte se debería indicar en el acta de órdenes judiciales del expediente de la corte. Puede visitar el departamento de Registros de la corte donde se celebró la audiencia y solicitar ver el expediente para obtener esta información. (Vea la lista de las cortes). Llame primero a la corte para obtener más instrucciones, ya que es posible que algunos expedientes se tengan que solicitar desde nuestro centro de registros antes de que estén disponibles para el acceso público.

¿Cuánto costará mi transcripción?

Una vez que el taquígrafo de la corte se comunique con usted, le dirá el costo de la transcripción. También le explicará cómo pagar la transcripción, el tiempo que tardará en completarse y dónde recogerla. En este momento, puede preguntar al taquígrafo de la corte cualquier otra duda que tenga.

Si desea solicitar una exención de la cuota del taquígrafo de la corte, tendrá que enviar un formulario de exención de cuotas a la Junta de Taquígrafos de la Corte, usando la Solicitud del Fondo de Reembolso de Transcripciones. Ese formulario está disponible en el sitio web de la Junta de Taquígrafos de la Corte, bajo el encabezado Fondo de Reembolso de Transcripciones (TRF, por sus siglas en inglés). Los fondos disponibles para la exención de cuotas del programa son limitados.

¿Y si necesito mi transcripción lo antes posible?

Si su solicitud es urgente, escriba “RUSH” en el formulario de solicitud o en la casilla de comentarios del formulario en línea. Normalmente se lleva unos días procesar una solicitud, pero Servicios de la Corte puede acelerar las solicitudes urgentes. Puede haber una cuota adicional por las solicitudes de transcripción aceleradas; si es así, el taquígrafo de la corte se lo dirá cuando se comunique con usted.

En algunos casos, puede que no sea posible que un taquígrafo de la corte proporcione una transcripción de forma urgente, pero se hará todo lo posible para satisfacer la solicitud.

¿De cuánto tiempo atrás puedo solicitar una transcripción?

Según la legislación estatal (Código de Gobierno, sección 68152) (en inglés), las notas de los taquígrafos de la corte de casos penales se destruyen después de diez años, y las notas de los casos civiles se destruyen después de cinco años. Las notas sobre casos de pena de muerte nunca se destruyen.

Es posible que haya transcripciones de ciertos procesos en los expedientes de la corte. Si desea tener una copia de cualquiera de estas transcripciones, comuníquese con Servicios de la Corte con el nombre del taquígrafo de la corte. En ese momento, Servicios de la Corte le ayudará a ponerse en contacto con el taquígrafo especificado.