Fijación de la fecha del juicio
La conferencia para fijar juicio
Su conferencia para fijar juicio
Usted obtendrá una fecha de juicio cuando se celebre una audiencia llamada "Conferencia para fijar juicio". El juez quiere que todos los que procesarán el caso estén presentes en la audiencia. Es decir, su abogado, si tiene uno. Si no lo tiene, tendrá que ir usted.
El juez fija una fecha de juicio para alguno de los siguientes 90 días. Lleve su agenda para que pueda decirle al juez cuándo está usted disponible. Después de obtener la fecha del juicio, prepárese para ir a juicio en esa fecha.
En el condado de Santa Clara, las fechas del juicio no se pueden cambiar a menos que tenga una emergencia extrema. No es una emergencia si no está preparado o no es conveniente. Prepárese para ir a juicio en la fecha de su juicio.
¿Debería tener un juicio con jurado o un juicio ante un juez?
Si quiere tener un juicio con jurado, dígaselo al juez en su conferencia para fijar juicio. Para obtener más información, vea la sección 631 del Código de Procedimiento Civil de California (en inglés). Cada parte tiene que decidir si quiere un juicio con jurado o un juicio ante un juez. Un juicio ante un juez es un juicio en el que solo participa el juez. También se le llama "juicio sin jurado".
Hay muchas cosas en las que pensar al decidir qué tipo de juicio solicitar. Mucha gente piensa que es necesario tener un juicio con jurado, pero eso no siempre es lo mejor. Los juicios con jurado son buenos si tiene un caso sobre cosas con las que la gente puede identificarse. Por ejemplo, si usted resultó herido o perdió dinero. Pero los miembros de un jurado pueden aburrirse o frustrarse con casos técnicos o complicados.
La mayoría de los jueces son muy buenos para comprender problemas complicados. Ellos pueden manejar esos casos fácilmente.
Antes de decidir qué tipo de juicio pedir, piense en su caso y en lo que le pedirá al juez o al jurado que resuelva.
¿Qué tengo que hacer si pido un juicio con jurado?
Tiene que pedir un juicio con jurado en la conferencia para fijar juicio. La parte que pide el jurado tiene que pagar las cuotas del jurado. Esto significa que tiene que depositar dinero para cubrir las cuotas del jurado por un día.
El depósito tiene que ABONARSE en la cuenta bancaria al menos 25 días antes de la fecha del juicio. Si no deposita el dinero a tiempo, puede renunciar a su juicio con jurado.
¿Hay un límite de tiempo para la revelación?
Sí. Por lo general, tiene que finalizar la revelación 30 días antes de la fecha del juicio. La corte puede darle más tiempo para finalizar la revelación, pero no debería contar con eso. Eso es una excepción. Trate de finalizar su revelación con anticipación. Esto les dará a todos el tiempo suficiente para revisar todos los documentos y prepararse para el juicio.
La sección 2024 del Código de Procedimiento Civil de California (en inglés) tiene todas las reglas para la revelación.