Alertas y seguridad para miembros de jurados
Alerta para miembros de jurados
Seguridad de la información de los miembros de jurado, comunicación por parte de la corte y posibles fraudes a jurados.
La Corte Superior de California, condado de Santa Clara, ha tenido conocimiento de que personas que se presentan como funcionarios de la corte pueden estar comunicándose con posibles miembros de jurados para pedirles información personal. Tenga en cuenta que el personal oficial de la corte no solicita información personal a miembros de jurado por teléfono.
Si recibe una llamada telefónica de alguien que se identifica como empleado de la corte y solicita información personal como número de Seguro Social, fecha de nacimiento, números de tarjetas de crédito, etc., comuníquese con la unidad contra fraudes de su agencia del orden público local. Comuníquese también con nuestra Unidad de Servicios de Jurado de la Corte Superior de California, condado de Santa Clara al (408) 808-6666.
Seguridad
¿Qué puede y qué no puede introducirse en la corte/sala de audiencias?
Cuando entre en la corte, pasará por un control de seguridad como los de un aeropuerto. Pasará por un detector de metales y sus bolsos, portafolios, mochilas y contenedores pasarán por rayos X. Estos dispositivos son inofensivos y no presentan ningún peligro para la salud.
Los siguientes artículos no están permitidos en la corte:
● Agujas de tejer, cortaúñas, tijeras, navajas;
● Drogas o bebidas alcohólicas;
● Armas de cualquier tipo, incluidas, entre otras, armas de fuego, armas paralizantes y armas de juguete;
● Envases de vidrio, como jugos, refrescos, perfumes, maquillaje, etc.;
● Ropa adicional no puesta;
● Mochilas o maletas grandes que contengan artículos personales, ni
● Ningún otro artículo considerado inapropiado por el personal de seguridad.
No está permitido introducir cámaras compactas o réflex digitales (DSLR, por sus siglas en inglés) a la corte o la sala de audiencias sin haberlo acordado previamente con la corte. Los teléfonos celulares (inteligentes) y otros dispositivos de datos personales (tabletas o computadoras) que tengan capacidad de grabación, fotografía u otro tipo de grabación o reproducción visual o de imágenes, están permitidos en la sala de audiencias siempre que estén apagados. Usar cualquiera de estos dispositivos en una sala de audiencias está expresamente prohibido a menos que se cuente con la aprobación previa del juez de la sala de audiencias en la que esté el dispositivo.