Skip to main content
Skip to main content.

Preguntas frecuentes sobre formularios y presentación

 

Preguntas frecuentes sobre formularios

Los formularios pueden ser estatales o locales. A veces es bastante fácil saber qué formulario usar y otras veces puede ser necesario recibir asesoría legal, que la corte no puede proporcionar.

La mayoría de los formularios usados en la corte son formularios estatales y están en el sitio web del Consejo Judicial del estado .

Formularios estatales: en el sitio web de formularios estatales, puede ver los formularios mencionados por número o por nombre, o puede usar el menú desplegable para seleccionar un grupo de formularios por tema, como Reclamos menores. Tenga en cuenta que cuando obtiene la lista de los formularios, hay dos columnas de números. Si hace clic en el número de formulario de la primera columna, tiene que imprimirlo para poder llenarlo. Si hace clic en un número de la segunda columna, puede llenarlo en línea y luego imprimirlo. Si tiene algún problema en el sitio estatal, debería comunicarse con el Consejo Judicial para reportarlo.

Formularios locales: si no encuentra el formulario en el sitio estatal, revise nuestra página de formularios locales para ver si el formulario está allí. Los formularios están en orden alfabético por nombre del formulario. Comience en la parte superior de la tabla de formularios y desplácese por la lista mirando la tercera columna, que muestra los números de formulario. También puede buscar en la página (usando control F) el nombre o el número que está buscando.

¿Necesita más ayuda? Vea este folleto del Centro de ayuda: Cómo obtener formularios legales de la intranet y también la respuesta a la pregunta frecuente "¿Cómo puedo obtener ayuda con los formularios?" (abajo)

El formulario Aviso de cambio de dirección u otra información de contacto es un formulario estatal, el MC-040 . Puede acceder a él y llenarlo en línea.

Luego, necesitará

  1. Imprimirlo;
  2. Hacer copias para todas las partes del caso;
  3. Pedirle a alguien mayor de 18 años -NO usted- que envíe una copia por correo a la otra parte o partes. La persona que envía por correo el formulario es la "persona a cargo de la entrega legal". La persona a cargo de la entrega legal llena la página 2 del Aviso de cambio de dirección original. Haga otra copia del Aviso ya llenado, y
  4. Presentar el original llenado y la copia en la corte donde se atendió su caso - vea la lista de cortes.
  5. Conserve la copia presentada para sus registros.

Importante: Si está involucrado en una situación de violencia en el hogar y desea que su dirección sea confidencial, vea el sitio web estatal Safe at home para obtener información sobre la obtención de una dirección postal confidencial segura.

Consulte este folleto del Centro de ayuda: Cómo obtener formularios legales de Internet .

¿Necesita ayuda en persona? Para obtener ayuda adicional con los formularios, puede ir a la oficina del Centro de ayuda en el centro de San Jose, donde también se encuentra el asistente de derecho de familia (así como una sala de espera para encargar a menores). Lea la página web del Centro de ayuda para comprender cómo obtener ayuda allí.

Para obtener ayuda con los formularios de órdenes de restricción, visite el Centro de ayuda para órdenes de restricción. Además, vea este folleto del Centro de ayuda: ¿Necesita presentar una orden de restricción? (en inglés)

También puede obtener ayuda en el mostrador de los secretarios de las cortes donde hace la presentación.

¿Necesita asesoría legal para llenar sus formularios, pero no puede pagar un abogado?

Consulte nuestra página Ayuda legal gratis y de bajo costo.

Preguntas frecuentes sobre presentación

Los formularios de exención de cuotas son formularios estatales. Vaya al sitio web de formularios estatales y en el cuadro desplegable seleccione "Exención de cuotas". Verá una lista de formularios.

La Solicitud de exención de cuotas de la corte (FW-001) (en español) es el formulario básico de exención de cuotas. Para obtener más información sobre este formulario y solicitar una exención de cuotas, lea la Hoja de información sobre la exención de cuotas y costos de la Corte Superior .

Para obtener ayuda para llenar los formularios de exención de cuotas, revise el paquete de muestras de exención de cuotas , con instrucciones y ejemplos útiles.

Hay distintos tipos de órdenes de restricción (por violencia en el hogar, acoso civil, violencia en el lugar de trabajo, etc.), por lo que debe leer sobre el tipo particular que desea. La página de órdenes de restricción y protección de la sección de Ayuda de este sitio web le ayudará.

Para muchos tipos de órdenes de restricción, el personal del mostrador del Centro de ayuda para órdenes de restricción de la Corte del Centro de Justicia de Familia del centro de la ciudad podrá ayudarlo en persona.

También puede leer el folleto del Centro de ayuda ¿Necesita presentar una orden de restricción?

(en inglés) 

Haga clic para VOLVER a la página de preguntas frecuentes

Las personas o partes involucradas en ciertos tipos de casos pueden presentar sus solicitudes por fax. Diferentes tipos de casos tienen diferentes reglas que se tienen que seguir. Haga clic en los siguientes enlaces para obtener más información y también vea la página Métodos de pago de este sitio web.

Lea sobre la presentación por fax en casos de violencia en el hogar (DV, por sus siglas en inglés), civiles, de reclamos menores y testamentarios:

Los documentos de reclamos menores se pueden enviar por fax directamente a la Corte Superior del Centro (DTS, por sus siglas en inglés) -vea el número de fax en la regla civil local 19 (en inglés), así como información sobre las cuotas aplicables a la presentación por fax. Los documentos de casos civiles se aceptarán con firmas de fax, pero no se podrán enviar por fax directamente a la corte. Los documentos se pueden presentar en copia impresa por correo o ser llevados a la corte, o puede usar una agencia de presentación por fax para entregar sus documentos enviados por fax a la corte.

La información sobre cómo presentar un nuevo caso está organizada por tipo de caso o división donde se atiende ese caso, como Civil, Reclamos Menores, Legalización de Testamentos, etc. A continuación encontrará enlaces a páginas de la sección de Ayuda de este sitio web que hablan sobre la presentación de diferentes tipos de casos.

Para obtener más ayuda con la presentación:

 

Haga clic para VOLVER a la página de FAQ

.