Descripción general del Sistema de Cortes del estado
El Sistema de Cortes de California
En California, las cortes se dividen en dos sistemas: federal y estatal. Esta sección le habla sobre las cortes estatales de California. California tiene dos tipos de cortes estatales:
- Cortes de primera instancia
- Cortes de apelaciones
Cortes de primera instancia
Las cortes de primera instancia también se llaman "cortes superiores". Hay 58 cortes de primera instancia --una en cada condado. En las cortes de primera instancia, un juez, y a veces un jurado, escucha testimonios y pruebas, y decide un caso aplicando la ley a los hechos del caso. Las cortes superiores manejan:
- Todos los casos penales (delitos mayores, delitos menores y multas de tránsito)
- Todos los casos civiles (derecho de familia, testamentarios, de menores y otros casos civiles)
- Apelaciones de casos de reclamos menores y otros casos civiles con valor de $25,000 o menos
- Apelaciones de casos de delitos menores
Cortes de apelaciones
Hay dos tipos de cortes de apelaciones:
- Cortes de apelaciones
- Corte Suprema de California
Hay 6 cortes de apelaciones y una Corte Suprema de California.
Cortes de apelaciones
Las cortes de apelaciones son las cortes intermedias de revisión de California. Las sedes de los distritos de las cortes de apelaciones se ubican en:
- Primer Distrito: San Francisco
- Segundo Distrito: Los Angeles
- Tercer Distrito: Sacramento
- Cuarto Distrito: San Diego (División Uno)
- Quinto Distrito: Fresno
- Sexto Distrito: San Jose
Las personas que no estén satisfechas con la decisión de una corte de primera instancia pueden apelar su caso en una corte de apelaciones. Cuando "apelan", piden a una corte de nivel superior que cambie lo que decidió la corte de primera instancia.
El papel de las cortes de apelaciones no es hacer nuevos juicios, sino revisar el registro de la corte superior (expedientes y transcripciones de la corte) para decidir si se cometieron errores legales. Para ello, la corte de apelaciones puede escuchar los argumentos de cada parte. Cada parte tiene la oportunidad de hacer una presentación y responder preguntas de los jueces. Los alegatos orales están abiertos al público, pero no hay jurados ni testigos. Las cortes de apelaciones no pueden revisar los casos de pena de muerte.
En cada corte de apelaciones, un panel de tres jueces, llamados "magistrados", decide sobre las apelaciones de las cortes superiores. Las cortes de apelaciones pueden estar de acuerdo con la decisión de la corte de primera instancia, estar de acuerdo en una parte y en desacuerdo en otra, o estar en desacuerdo y revocar la decisión del juez de primera instancia. Las decisiones de las cortes se llaman opiniones. Las opiniones son públicas y se publican en el sitio web de la Corte Suprema.
Para obtener más información sobre las cortes de apelaciones y los casos que manejan, visite: www.courts.ca.gov/courts.htm.
Corte Suprema de California
La Corte Suprema es la corte más alta del estado. Puede revisar los casos decididos por las cortes de apelaciones. Además, ciertos tipos de casos van directamente a la Corte Suprema y no se atienden primero en la corte de apelaciones:
- Apelaciones de pena de muerte
- Casos disciplinarios que involucran a jueces o abogados
La corte realiza sesiones regulares en San Francisco, Los Angeles y Sacramento. A veces, la corte celebra sesiones especiales en otras ciudades de California.
Hay 7 magistrados en la Corte Suprema y al menos 4 tienen que estar de acuerdo en la decisión final. Todas las demás cortes estatales de California tienen que cumplir una decisión tomada en la Corte Suprema. Las decisiones de la Corte Suprema se publican en los informes oficiales de California, que pueden encontrarse en el sitio web de las Cortes de California en www.courts.ca.gov/courts.htm.
Los magistrados son nombrados por el gobernador y luego confirmados por los votantes en la siguiente elección general. Una vez finalizado su periodo de 12 años, tienen que ser confirmados de nuevo por los votantes. Los magistrados tienen que ser abogados. Tienen que haber aprobado el examen del Colegio de Abogados de California o haberse desempeñado como jueces de una corte registrada en California durante 10 años justo antes de su nombramiento.
El Consejo Judicial de California
En muchos estados, la Corte Suprema se encarga de la administración general de las cortes estatales. Pero en California, el Consejo Judicial de California hace este trabajo. El Consejo Judicial planea y adopta políticas y reglas que dicen cómo tienen que trabajar las cortes de apelaciones y las cortes superiores. También hace estudios. Las nuevas políticas se establecen después de que las cortes han tenido muchas oportunidades de comentarlas.
El Consejo Judicial tiene 27 miembros que establecen las políticas de las cortes de California:
- El Presidente de la Corte Suprema;
- 14 jueces nombrados por el Presidente de la Corte Suprema (1 magistrado asociado de la Corte Suprema, 3 magistrados de las cortes de apelaciones y 10 jueces de cortes de primera instancia);
- 4 abogados miembros nombrados por la Junta de Gobernadores del Colegio de Abogados del Estado;
- 1 miembro de cada cámara de la Legislatura, y
- Seis miembros asesores, incluidos representantes de la Asociación de Jueces de California y de las agencias administrativas de las cortes estatales.
El Presidente de la Corte Suprema es el líder del Consejo Judicial. Junto con el consejo, garantiza una administración de justicia coherente, independiente, imparcial y accesible. La Oficina Administrativa de las cortes sirve de agencia de personal al consejo.
Puede encontrar más información sobre el Consejo Judicial en el sitio web de las Cortes de California . Los educadores que buscan información sobre el Poder Judicial también pueden estar interesados en información sobre educación cívica del sitio web de las Cortes de California .
El papel del Poder Judicial
El Poder Judicial es otra manera de referirse al sistema de cortes. Es uno de los 3 poderes de nuestro gobierno. Los otros dos son los poderes Legislativo y Ejecutivo. El papel del Poder Judicial es:
- Dar a todos un acceso equitativo a las cortes para resolver problemas legales de forma justa y eficiente;
- Decidir justamente la culpabilidad o la inocencia de cualquier persona acusada de un delito, e
- Interpretar las leyes y proteger los derechos y las libertades garantizados por las constituciones de California y de los Estados Unidos.
Sus derechos y responsabilidades en la corte
Sus derechos
Las constituciones y las leyes de California y de EE. UU. le garantizan ciertos derechos, incluido el derecho a:
- Demandar por dinero adeudado o por otras formas de compensación o ayuda
- Defenderse a sí mismo de una demanda
- Ser considerado inocente hasta que se demuestre su culpabilidad
- Defenderse a sí mismo de cargos penales
- Un juicio público y rápido con jurado si se le acusa de un delito menor o un delito mayor
- Tener un abogado que lo represente con cargo a fondos públicos si se le acusa de un delito mayor o menor, y no puede pagar un abogado
Sus responsabilidades
Usted es responsable de encontrar un abogado que pueda ayudarle con su caso.
Si decide no contratar un abogado, usted tiene que hacer toda la investigación legal, preparar sus documentos, presentar y hacer la entrega legal de sus documentos y presentar pruebas. Tiene que conocer y seguir las leyes y las reglas de la corte, igual que si tuviera un abogado.
La corte tiene que tratar a todas las personas igualitaria e imparcialmente. Ni el juez, ni el personal de la corte o los abogados de ninguna otra persona o agencia pueden ayudarle.
Cómo se desarrolla un caso en el Sistema de Cortes de California
Hay dos tipos de casos de la corte: civiles y penales.
Casos civiles
Los casos "civiles" son los casos de la corte en los que no se quebranta ninguna ley penal (a lo que se llama infringir la ley penal). Hay muchos tipos diferentes de casos en la corte civil. Usted presenta un caso civil, o "acción", en la corte civil si cree que fue perjudicado financiera o físicamente. Cuando usted resulta perjudicado, a eso se le suele llamar "agravio". La corte civil se ocupa de asuntos como accidentes de carro y disputas contractuales.
También hay otros tipos de casos en la corte civil. La sección de Ayuda de este sitio web tiene información sobre los tipos de casos civiles más comunes. Para obtener información más detallada, puede hacer clic en el tema que le interese.
- Casos civiles generales: casos relacionados con contratos, daños a la propiedad o alguien que haya resultado lesionado.
- Casos de derecho de familia: divorcio (también llamado disolución del matrimonio), casos de manutención de los hijos y custodia de los hijos.
- Casos de menores: casos sobre maltrato y abandono de menores (casos de dependencia de menores). O cuando alguien menor de 18 años infringe la ley (casos de justicia de menores).
- Casos de propietarios/inquilinos: casos sobre renta o contratos de alquiler de un lugar (llamado bien inmueble). Le brindamos información sobre casos de "retención ilícita" —es decir, si el inquilino puede o no permanecer en la propiedad.
- Casos de reclamos menores: casos civiles con valor de $5,000 o menos. No puede tener abogado. Las personas que intervienen en el caso (llamadas partes) se representan a sí mismas.
- Casos testamentarios: casos sobre el cuidado de personas y sus asuntos personales. Por ejemplo:
- Uso de un testamento o un fideicomiso para transferir propiedades después de que alguien fallece;
- Tutela de menor y de adulto para personas que no pueden cuidar de sí mismas o manejar sus propias finanzas;
- Cambios de nombre;
- Adopción, y
- Maltrato de ancianos.
Cómo funciona la corte civil
Si presenta un caso de jurisdicción limitada o ilimitada en la corte superior (esto significa que su caso vale más de $25,000), hay 6 pasos:
- Antes de la presentación
- Presentación
- Revelación
- Antes del juicio
- Juicio y
- Posterior al juicio
Este es un diagrama de flujo que muestra cómo se desarrolla un caso civil en el sistema de cortes.
La etapa antes de la presentación empieza cuando usted es perjudicado. Hay muchas cosas que hacer para prepararse antes de presentar una demanda judicial.La
presentación empieza cuando usted llena sus documentos para iniciar una acción en la corte. Después de presentar sus documentos, tiene que esperar a que la otra persona no comparezca o responda.La
revelación empieza 30 días después de que la otra persona responde. Esto es cuando usted y la otra persona intercambian información y conocen las fortalezas y las debilidades de su caso.La etapa
antes del juicio empieza unos 90 días antes del juicio si no puede llegar a un acuerdo sobre su caso. Aquí es cuando usted se prepara para el juicio. Tiene que tomar decisiones, como si necesita un testigo experto, e ir a conferencias de acuerdo con el juez.
Juicio. Su juicio puede durar 1 día o muchos meses. Eso depende de qué tan complicado sea el caso.La etapa
posterior al juicio sucede después del juicio. Puede apelar o cobrar su fallo.
Recuerde: La Corte no lo obligará a contratar un abogado. Pero si no lo hace, tendrá que ocuparse de cada parte de su caso usted mismo. Tiene que conocer las leyes y los procedimientos de la corte. Si no es así, podría tener problemas. Podría perder sus derechos. Ni el juez ni el abogado de la otra persona pueden ayudarle.
Puede encontrar las reglas, las leyes y los procedimientos de la corte en:
- El Código de Procedimiento Civil de California
- (en inglés);Las Reglas de las cortes de California, y
- Las reglas civiles locales de la corte del condado de Santa Clara o del condado donde presente su caso (debería poder acceder a ellas en la biblioteca legal local del condado).
Lea estos recursos antes de empezar.
Hay muchas buenas razones para tener abogado:
- Los abogados conocen la ley. Conocen los detalles de las pequeñas cosas que pueden confundirlo a usted si no está acostumbrado a ellas.
- Los abogados saben cuándo la otra parte no "juega limpio" (no siempre está claro). Saben qué hacer al respecto.
- Los abogados conocen a los jueces y saben cómo les gusta dirigir sus salas de audiencias. Saben si usted debería solicitar un juicio con jurado o un juicio ante un juez.
- Los abogados conocen a los jurados. Saben cómo son los jurados, si usted será un demandante "simpático" (esto es muy difícil de averiguar) y lo que probablemente hará un jurado en su caso.
- Se necesita mucho tiempo y dinero para presentar una demanda. Incluso para un abogado, puede ser difícil emocionalmente.
Pero hay algunas razones para no contratar un abogado:
- No ganará solo por tener un abogado.
- Los abogados pueden ser muy caros.
Casos penales
Si el Estado cree que usted cometió un delito, la oficina del Fiscal de Distrito, que representa al Estado, puede presentar cargos penales contra usted. Solo el Estado –no otra persona o agencia– puede acusarlo de una contravención penal. Para saber más sobre cómo se procesan los casos penales, vea la sección de Ayuda de la corte penal de este sitio web. Hay 3 tipos diferentes de casos penales: infracción, delitos menores y delitos mayores.
Una infracción es una contravención menor. Algunas contravenciones de tránsito son infracciones. Un delito menor es un delito más grave que puede ser castigado hasta con 1 año de cárcel. Haga clic para obtener más información sobre delitos menores.
Un delito mayor es el tipo de delito más grave. Si lo declaran culpable, puede ser enviado a una prisión estatal o recibir la pena de muerte. Haga clic para obtener más información sobre delitos mayores. Este es un diagrama de flujo que muestra cómo se desarrollan los casos penales en el sistema de cortes.
Apelaciones
Se pueden apelar tanto los casos penales como los civiles. Uno o varios demandantes o acusados pueden apelar el fallo de una corte superior ante una corte de apelaciones. Si la corte de apelaciones considera que la corte superior cometió un error, puede revocar la decisión o devolverla a la corte de primera instancia para que tome nuevas medidas. Para obtener más información sobre apelaciones, lea la información anterior en Cortes de apelaciones. Este es un diagrama de flujo que muestra cómo se apelan los casos penales y civiles.
Sistema de Cortes Federales
Relación del Sistema de Cortes Estatales de California con el Sistema de Cortes Federales
Hasta ahora hemos hablado de las cortes estatales. Pero también hay cortes federales que manejan casos federales que tienen lugar en California. La estructura de las cortes federales es similar a la de las cortes estatales de California. La Corte Suprema es la corte de mayor jerarquía del Poder Judicial de nuestro país. Para obtener más información sobre las cortes federales, visite el sitio web del Poder Judicial sobre las cortes federales de EE. UU. Hay dos niveles de cortes federales bajo la Corte Suprema:
- Las cortes de distrito de EE. UU. (las cortes de primera instancia), y
- Las cortes de apelaciones de EE. UU. (las cortes de apelaciones).
Cortes de Distrito de EE. UU.
Las cortes de distrito de EE. UU. son las cortes de primera instancia del sistema de cortes federales. Las cortes de distrito pueden atender la mayoría de los casos federales, incluyendo los casos civiles y penales. Hay 94 cortes de distrito en EE. UU. y sus territorios. Cada distrito incluye una corte de quiebra de los Estados Unidos. Algunos estados, como Alaska, tienen solo una corte de distrito para todo el estado. Otros, como California, tienen varias. También hay dos cortes de primera instancia especiales que atienden ciertos tipos de casos en cualquier parte del país:
- La Corte de Comercio Internacional atiende casos sobre comercio internacional y asuntos de aduanas.
- La Corte de Reclamos Federales de EE. UU. atiende casos sobre reclamos por daños monetarios contra los Estados Unidos, disputas sobre contratos federales, "tomas" ilegales de propiedad privada por parte del gobierno federal y otros reclamos contra los Estados Unidos.
Cortes de apelaciones de EE. UU.
Las cortes de distrito de EE. UU. están organizadas en 12 circuitos regionales y cada uno de ellos tiene una corte de apelaciones de EE. UU.
También hay una Corte de Apelaciones del Circuito Federal. Esta corte tiene jurisdicción en todo el país para atender apelaciones en casos especializados, como casos de derecho de patentes y casos decididos por la Corte de Comercio Internacional y la Corte de Reclamos Federales. Una corte de apelaciones atiende apelaciones de las cortes de distrito de su circuito. También puede atender apelaciones de las decisiones de agencias administrativas federales.
Corte Suprema de EE. UU.
La Corte Suprema de Estados Unidos tiene un Presidente de la Corte Suprema y 8 magistrados asociados. La Corte Suprema puede elegir un número limitado de casos de entre los casos sobre los que se le pide que decida. Esos casos pueden iniciarse en las cortes federales o estatales. Y, por lo general, involucran cuestiones importantes sobre la Constitución o las leyes federales. Este es un diagrama de flujo que muestra cómo se desarrollan los casos penales en el sistema de cortes.
Jurisdicción de las cortes federales
Hay restricciones sobre las facultades de las cortes federales. Solo pueden considerar los casos en los que:
- Hay un problema legal real. No pueden tomar decisiones sobre casos hipotéticos.
- El demandante fue de algún modo perjudicado legalmente por el demandado.
- La ley sobre la que alegan las dos partes estaba pensada para solucionar el problema que tienen.
- La corte tiene legalmente la facultad para resolver el problema.
- El asunto sobre el que alegan las dos partes sigue siendo un problema importante.
Las cortes federales manejan dos tipos principales de casos. Se trata de casos con:
- Jurisdicción de "asunto federal", y
- Jurisdicción de "diversidad".
Jurisdicción de asunto federal
Estos tipos de casos tienen que ver con el gobierno de Estados Unidos, la Constitución de Estados Unidos o las leyes federales.
Jurisdicción de diversidad
Este tipo de casos se dan cuando las dos partes son de estados o países diferentes. Cualquier caso de jurisdicción de diversidad se puede presentar en una corte estatal en lugar de en una corte federal. Pero si el caso vale menos de $75,000, usted tiene que presentarlo en la corte estatal.
Las cortes federales también manejan todos los casos de quiebra.
Normalmente, no se ocupan de casos sobre:
- Divorcio y custodia de los hijos;
- Legalización de testamentos y herencias;
- Bienes inmuebles;
- Asuntos de menores;
- Cargos penales;
- Disputas sobre contratos;
- Infracciones de tránsito, o
- Lesiones personales.
Estos casos casi siempre van a las cortes estatales. O, a veces, son resueltos por partes especiales de los poderes federales Ejecutivo o Legislativo.
Para obtener más información sobre el Sistema de Cortes Federales, visite: www.uscourts.gov .
Cortes federales de California
Las cortes federales ubicadas en California son:
Corte de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de California
Sitio web: http://www.casd.uscourts.gov/
Dirección de la Corte Edward J. Schwartz: Corte de Distrito de EE. UU. del Distrito Sur 940 Front Street San Diego, CA 92101 Teléfono: (619) 557-5600 Horario de atención: de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 6:00 p. m. |
Dirección de la oficina del secretario de la Corte de Distrito de EE. UU. (USDC, por sus siglas en inglés): Oficina del secretario de la Corte de Distrito del Distrito Sur de CA 880 Front Street, despacho 4290 San Diego, CA 92101 Teléfono: (619) 557-5600 Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. |
Corte de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Central de California
Sitio web: http://www.cacd.uscourts.gov/
Dirección de la División Este - Riverside: Corte de Riverside de la División Este del Distrito Central 3470 Twelfth Street Riverside, CA 92501 Teléfono: 909) 328-4450 Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:00 p. m. |
Dirección de la División Sur - Santa Ana: Corte de Santa Ana de la División Sur del Distrito Central 411 West Fourth Street, sala 1053 Santa Ana, CA 92701 Teléfono: (714) 338-4750 Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:00 p. m. |
Dirección de la División Oeste - Edificio Federal Roybal: Edificio Federal Roybal División Oeste del Distrito Central 255 East Temple Street Los Angeles, CA 90012 Teléfono: (213) 894-3535 Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:00 p. m. |
Dirección de la División Oeste - Corte de Spring Street: Corte de Spring Street División Oeste del Distrito Central 312 N. Spring Street Los Angeles, CA 90012 Teléfono: (213) 894-3535 Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:00 p. m. |
Corte de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Norte de California
Sitio web: http://www.cand.uscourts.gov/
Dirección del Distrito Norte - Corte de Oakland: Corte de Oakland del Distrito Norte de California 1301 Clay Street, despacho 400 S Oakland, CA 94612-5212 Teléfono: (510) 637-3530 Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 4:00 p. m. |
Dirección del Distrito Norte - Corte de San Francisco: Corte de San Francisco del Distrito Norte de California 450 Golden Gate Ave. San Francisco, CA 94102 Teléfono: (415) 522-2000 Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 4:00 p. m. |
Dirección del Distrito Norte - Corte de San Jose: Corte de San Jose del Distrito Norte de California 280 South 1st Street San Jose, CA 95113 Teléfono: 408) 535-5364 Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 4:00 p. m. |
Corte de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Este de California
Sitio web: http://www.caed.uscourts.gov/
Dirección del Distrito Este - Corte de Sacramento: Corte de Sacramento del Distrito Este de California 501 I Street, despacho 4-200 Sacramento, CA 95814 Teléfono: (916) 930-4000 Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. |
Dirección del Distrito Este - Corte de Fresno: Corte de Fresno del Distrito Este de California 1130 O Street Fresno, CA 93721 Teléfono: (559) 498-7483 De lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. |
Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito
Sitio web: http://www.ca9.uscourts.gov/
Dirección de la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito - Corte de San Francisco: Corte de San Francisco 95 Seventh Street San Francisco, CA 94103 Teléfono: (415) 556-9800 Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. |
Dirección de la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito - Pasadena, CA: Corte de Pasadena 125 South Grand Avenue Pasadena, CA 91105 Teléfono: (626) 229-7250 Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. |