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Ayuda para el establecimiento de un hecho de nacimiento, fallecimiento y matrimonio

Establecimiento de hechos de nacimiento, fallecimiento y matrimonio

Esta sección explica qué hacer cuando no tiene usted pruebas adecuadas de un nacimiento, fallecimiento o matrimonio. Haga clic en uno de los siguientes temas para obtener más información:

  1. ¿Cuándo es necesario establecer un hecho de nacimiento, fallecimiento o matrimonio?
  2. ¿Hay algún formulario de la corte que pueda usar para hacer esto?
  3. ¿Cómo presento la Petición?
  4. ¿Cómo puedo obtener una fecha de audiencia?
  5. ¿De cuánto es la cuota de presentación?
  6. ¿Cómo puedo obtener una orden que establezca un hecho de nacimiento, fallecimiento o matrimonio?
  7. ¿Cómo me preparo para la audiencia?
  8. ¿Cómo hago un registro retrasado de nacimiento, fallecimiento o matrimonio?

Para obtener más información, lea Código de Salud y Seguridad, secciones 103450-103490 (en inglés).

Esta página tiene información sobre cómo establecer un registro de nacimiento, fallecimiento o matrimonio. (Código de Salud y Seguridad, secciones 103450-103490) (en inglés).

Nacimiento
  • BMD-001 Petición para establecer el hecho, hora y lugar de nacimiento
  • BMD-001A Declaración en apoyo a Petición para establecer el hecho, hora y lugar de nacimiento
  • VS-108 (en inglés) Orden que establece el hecho de nacimiento (no es un formulario de la corte)
  • Folleto Relativo a Orden de la corte de registro retrasado de nacimiento
Matrimonio
  • BMD-002 Petición para establecer el hecho, fecha y lugar de matrimonio
  • BMD-002A Declaración en apoyo a Petición para establecer el hecho, fecha y lugar de matrimonio
  • VS-122 Orden que establece el hecho del matrimonio (no es un formulario de la corte)
  • Folleto Relativo a Orden de la corte de registro retrasado de matrimonio
Fallecimiento
  • BMD-003 Petición para establecer el hecho, fecha y hora de fallecimiento
  • BMD-003A Declaración en apoyo a Petición para establecer el hecho, fecha y hora del fallecimiento
  • VS-109 Orden que establece el hecho del fallecimiento (no es un formulario de la corte)
  • Folleto Relativo a Orden de la corte de registro retrasado de fallecimiento
  1. ¿Cuándo es necesario establecer un hecho de nacimiento, fallecimiento o matrimonio?

    Los siguientes son algunos ejemplos de situaciones en las que es posible que desee establecer un:
     

    Hecho de nacimiento Cuando el registro de nacimiento original fue destruido o ya no se puede obtener.
    Hecho de fallecimiento Cuando alguien fallece, pero no se registró su fallecimiento oportunamente.
    Hecho de matrimonio
    • Si su matrimonio no se registró oportunamente;
    • Se casó fuera de los EE. UU. y no puede obtener un acta certificada de matrimonio, o
    • Se casó en una ceremonia religiosa, pero no obtuvo una licencia de matrimonio civil.
  2. ¿Hay algún formulario de la corte que pueda usar para hacer esto?
  3. ¿Cómo presento la Petición?

    Lleve su petición y al menos una copia a la Corte Superior del Centro de San Jose. Vaya a la oficina del secretario de Legalización de Testamentos en el primer piso. El secretario presentará su Petición y le dará copias endosadas-presentadas de esta.
     

  4. ¿Cómo puedo obtener una fecha de audiencia?

    Cuando presente su Petición, el secretario le dará la primera fecha disponible. El secretario pondrá la fecha, la hora y el departamento de su audiencia en las copias de su petición.
     

  5. ¿De cuánto es la cuota de presentación?

    La cuota de presentación se indica en la lista de cuotas testamentarias, bajo "Petition to establish record of birth, death, or marriage" (Petición para establecer nacimiento, fallecimiento y matrimonio). Vea la lista de cuotas locales (en inglés) en la página Cuotas de la corte. Puede pagar en efectivo o con cheque. Haga su cheque a nombre de "Superior Court".
     

  6. ¿Cómo puedo obtener una orden que establezca un hecho de nacimiento, fallecimiento o matrimonio?

    Cuando presente su petición, el secretario le dará una orden. Llene la Orden con cuidado y llévesela al secretario de Legalización de Testamentos cinco días antes de su audiencia. Tiene que escribir su información a máquina o de forma legible con tinta negra. La corte no aceptará su formulario si tiene marcas de borrador, corrector u otros cambios en el texto. Si el juez aprueba su Petición, firmará la Orden.
     

  7. ¿Cómo me preparo para la audiencia?

    Vaya a la corte en la fecha ya la hora escritas en su Petición. Llegue temprano. Necesitará tiempo adicional para estacionarse (consulte el mapa en la página de la Corte del Centro (DTS, por sus siglas en inglés), pasar por seguridad y encontrar su sala de audiencias.

    Cuando el juez llame su caso, vaya a la mesa de los abogados y dele al secretario su Orden llenada a menos que ya la haya presentado. El juez la firmará. La orden entra en vigor en cuanto el juez la firma.

    Después de la audiencia, lleve su orden al Departamento de Legalización de Testamentos en el 1.er piso y preséntela. Mientras esté allí, compre copias certificadas adicionales de su orden. El secretario le cobrará por estas copias. (Vea la lista de cuotas locales (en inglés) en la página de cuotas para conocer las cuotas de certificación y copiado).
     

  8. ¿Cómo hago un registro retrasado de nacimiento, fallecimiento o matrimonio?

    Envíe una copia certificada de su orden que establece un hecho de nacimiento, fallecimiento o matrimonio al Departamento de Servicios de Salud junto con la Orden de la corte de registro retrasado llenada. (Esta es la segunda parte del formulario de orden).

    La dirección es:

    Department of Health Services
    Office of Vital Records
    304 S Street,
    Post Office Box 73024
    Sacramento, CA 94244-0241

    Encuentre formularios, información, etc. en el sitio web de Salud Pública del estado .