Cómo convertirse en el tutor de un menor
Cómo convertirse en el tutor de un menor
Esta sección explica lo que tiene que hacer para ser el tutor de un menor en California si el menor no tiene un padre que pueda actuar como su padre. Haga clic en un tema para obtener más información:
- ¿Qué tengo que hacer para convertirme en el tutor?
- ¿Qué pasa después de llenar los formularios?
- ¿Necesito un abogado para establecer la tutela de un menor?
- ¿Cuánto cuesta contratar un abogado?
- ¿Hay costos de la corte por una tutela de menor?
- ¿Qué pasa si no tengo suficiente dinero para pagar los costos de la corte?
- ¿Qué hará el investigador de la corte (CI, por sus siglas en inglés) en un caso de tutela de la persona?
- ¿Qué puedo esperar si el CI hace un informe completo?
- ¿Qué pasa si la corte dice que el CI no tiene que hacer un informe completo?
- ¿Qué hará el CI en un caso de tutela del patrimonio?
- ¿Qué pasa si los padres del menor no quieren que yo sea tutor?
- ¿Puede un menor pedir a la corte un tutor?
Para obtener más información sobre las tutelas de menores, vea más páginas de ayuda sobre tutela de un menor.
- ¿Qué tengo que hacer para convertirme en el tutor?
Para convertirse en el tutor legal de un menor, tiene que presentar documentos en la corte. Puede obtener los formularios que necesita en una papelería, librería o en el Centro de ayuda. O vaya a la página de formularios del Consejo Judicial. Consejo: seleccione "Probate-Guardianships and Conservatorships" (Legalización de testamentos - Tutelas de menores y adultos) en el menú desplegable.
Si hay una necesidad urgente de que usted se convierta en tutor, también puede presentar documentos para tutela temporal en la corte. Puede obtener los formularios de tutela temporal en el mismo lugar donde obtiene los otros formularios de tutela.
- ¿Qué pasa después de llenar los formularios?
Después de llenar sus formularios y presentarlos al secretario de la corte testamentaria en la Corte Superior del Centro (DTS, por sus siglas en inglés), un investigador de la corte (CI) los entrevistará a usted y al menor. Si los padres del menor están vivos y accesibles, el investigador también puede entrevistarlos. El investigador hará una recomendación al juez. Lea más sobre el investigador de la corte más abajo.
Habrá una audiencia y el juez revisará su caso y decidirá si usted puede ser el tutor. La corte solo aprobará la tutela si es en el mejor interés del menor.
- ¿Necesito un abogado para establecer la tutela de un menor?
No necesita tener un abogado. Pero se necesita bastante tiempo y energía para llenar los formularios de la corte y "dar aviso" a todos los familiares. Y la mayoría de las personas cometen errores. Los formularios y las reglas para dar aviso son complicados. Si no los sigue cuidadosamente, tendrá que volver a la corte y tomará más tiempo procesar su caso.
A veces, un abogado puede ayudarle a presentar su caso en la corte, especialmente si uno o ambos padres se oponen a la tutela. Puede encontrar un abogado testamentario en la lista de miembros del sitio web del Colegio de Abogados de Silicon Valley . También puede obtener del Colegio de Abogados del condado de Santa Clara una remisión a un abogado. Su número de teléfono es 669-302-7803.
- ¿Cuánto cuesta contratar un abogado?
Los abogados suelen cobrar por hora, alrededor de $225-$300 por hora. Dependiendo de qué tan complicado sea su caso, un abogado puede dedicar entre 5 y 30 horas a su caso de tutela.
Si no puede pagar un abogado, comuníquese con el Centro de ayuda de la corte.
- ¿Hay costos de la corte por una tutela de menor?
Sí. Usted pagará los costos de la corte -la cuota de presentación de la corte y la cuota del investigador de la corte-. Las cuotas de presentación se indican en la lista de cuotas locales (en inglés). La cuota del investigador de la corte se indica en "Conservatorships/Guardianships Investigation Fee" (Cuota por investigación de tutelas de menor/adulto).
- ¿Qué pasa si no tengo suficiente dinero para pagar los costos de la corte?
Si no gana suficiente dinero para pagar sus necesidades diarias Y pagar las cuotas y costos de la corte, puede solicitar una exención de cuotas. Pídale al secretario estos formularios u obténgalos haciendo clic en el número de formulario a continuación:
- Solicitud de exención de cuotas de la corte (formulario FW-001 )
- (en español)Hoja de información sobre la exención de cuotas y costos de la corte (formulario FW-001 INFO )
- (en español)Orden sobre la exención de cuotas de la corte (Corte superior) (formulario FW-003 )
(en español)Llénelos y llévelos con sus otros formularios a la oficina del secretario de Legalización de Testamentos de la DTS. Todavía no tendrá que pagar las cuotas de presentación. El juez revisará su solicitud en los próximos días y tomará una decisión. Recibirá una copia de la orden del juez. Si la orden rechaza su solicitud, tiene 10 días para pagar las cuotas de presentación.
- ¿Qué hará el investigador de la corte en un caso de tutela de la persona?
El investigador de la corte sólo investigará su caso si usted es pariente del menor. Pueden hacer una investigación completa o puede pedirle permiso a la corte para no hacer una investigación completa. Si usted no es pariente, la corte remitirá su caso a la Agencia de Servicios Sociales y ellos harán la investigación.
Para obtener más información sobre los deberes del investigador judicial, vea el Código Testamentario, sección 1513 (en inglés).
- ¿Qué puedo esperar si el investigador de la corte hace un informe completo?
El CI hará un estudio formal del hogar que incluye:
- Una visita al hogar donde vivirá el menor
- Entrevistas personales con el menor y los tutores propuestos
- Revisar los documentos disponibles (como registros escolares, registros médicos, etc.)
- Entrevistas telefónicas con las personas involucradas para confirmar lo que escribió usted en sus formularios de la corte
- Una revisión de usted y todos los adultos que viven en el hogar para ver si alguno de ustedes tiene antecedentes de negligencia, maltrato o antecedentes penales.
- ¿Qué pasa si la corte dice que el CI no tiene que hacer un informe completo?
Si el CI no tiene que hacer un informe completo:
- Revisará los documentos disponibles.
- Hará entrevistas telefónicas con las personas involucradas para confirmar lo que escribió usted en sus formularios de la corte.
- Hará una revisión de usted y todos los adultos que viven en el hogar para ver si alguno de ustedes tiene antecedentes de negligencia, maltrato o antecedentes penales.
¿Qué factores considera el CI? Antes de ser nombrado tutor, el CI querrá saber si:
- Hay una necesidad válida de una tutela o si el menor debería estar con los padres biológicos.
- El caso debería remitirse a otra agencia, como Servicios Sociales.
Si el investigador cree que el menor necesita una tutela, examinará:
- Vivienda disponible;
- Escolarización;
- Dinámica familiar (incluidos todos los miembros del hogar);
- Problemas de cuidado de salud (incluidos problemas de salud mental), y
- Visitas.
Si el menor tiene la edad y la madurez suficientes, el CI también puede hablar con él sobre la tutela. Si hay problemas sin resolver, el CI puede recomendar que la corte designe un abogado de Defensores Legales para Niños y Jóvenes (LACY, por sus siglas en inglés) para representar al menor.
¿Qué información se incluye en el Informe del CI? El informe del CI resume la información anterior para el juez, incluyendo:
- Recomendaciones sobre su caso
- Cualquier inquietud que el CI pueda tener sobre la tutela
- Recomendaciones para remisión a Servicios de la corte de familia para orientación, selección de emergencia, evaluación o mediación (si es necesario)
- ¿Qué hará el investigador de la corte en un caso de tutela del patrimonio?
El investigador no suele hacer una investigación en casos de tutela del patrimonio. Pero el CI revisará los documentos de la corte disponibles y las contabilidades patrimoniales. El CI dirá a la corte si hay posibles problemas, discrepancias, etc. Si hay problemas, la corte puede solicitar al CI que entreviste a las personas involucradas.
- ¿Qué pasa si los padres del menor no quieren que yo sea tutor?
La corte no podrá aprobar una tutela si los padres no confirman su acuerdo por escrito. Pero el juez puede hacer una excepción si los padres abandonaron al menor o si el juez decide que sería en detrimento del menor estar bajo el cuidado de los padres.
El investigador de la corte hablará con los padres y le informará al juez si cree que sería perjudicial para el menor ser regresado con sus padres. Si ha habido negligencia o maltrato, el investigador de la corte remitirá el caso a la Agencia de Servicios Sociales. Servicios Sociales hará una evaluación de dependencia para ver si la corte de menores debería intervenir y si se les debería ofrecer servicios de reunificación a los padres.
Si no hay problemas de negligencia o maltrato, el juez puede recomendar que los padres, el tutor propuesto y el menor intenten llegar a un acuerdo.
El juez puede:
- Remitirlo a usted a los servicios de mediación de la corte de familia, o
- Designar a Defensores Legales para Niños y Jóvenes para que representen al menor
.Si todavía no pueden llegar a un acuerdo sobre lo que es mejor para el menor, la corte puede programar una audiencia probatoria. Esta es como un juicio donde cada parte presenta pruebas y la corte oye testimonios. Luego, el juez tomará una decisión sobre su caso.
- ¿Puede un menor pedir a la corte un tutor?
Sí. Si el menor tiene 12 años o más, puede pedir a la corte que le nombre un tutor. Defensores Legales para Niños y Jóvenes (LACY) puede representar al menor en la corte. Si el caso es para una tutela del patrimonio, LACY probablemente remitirá al menor a un abogado privado.