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Lista de verificación de tutela de menor

Lista de verificación

El establecimiento de la tutela de un menor es complicado. Los pasos básicos se indican abajo.

Es posible que necesite ayuda con este proceso. Puede comunicarse con el Centro de ayuda o pedirle a un abogado que le ayude.

  1. Asegúrese de tener todos los formularios que necesita. (Vea la página Formularios de Legalización de Testamentos de este sitio web).
  2. Llene sus formularios completamente. Si necesita ayuda, vaya al Centro de ayuda.
  3. Haga un original y dos copias de sus formularios y llévelos a la oficina del secretario de Legalización de Testamentos en:
    Corte Superior del Centro en San Jose (haga clic para conocer la dirección, indicaciones para llegar y el horario de atención de la DTS).
    El secretario se quedará sus formularios originales y le devolverá una copia “presentada”.
  4. Dé aviso de la audiencia a ciertas personas y agencias. Lea Cómo dar “aviso”, más abajo.
  5. Habrá una investigación antes de la audiencia.
  6. Lleve su propuesta de Orden de nombramiento de tutor de la persona o de extensión de la tutela (Tribunal testamentario: tutelas de menores y adultos) (formulario GC-240 ) (en español) y Cartas de tutela (Tribunal testamentario—Tutelas de menores y adultos) (formulario GC-250 ) (en español) a la oficina del secretario de Legalización de Testamentos al menos cuatro días antes de su audiencia.
  7. Prepárese para su audiencia. Lleve:
     
    • Copias firmadas de la Prueba de entrega de aviso(s)
    • Un intérprete, si no habla bien inglés

Cómo dar aviso

La ley dice que usted tiene que “dar aviso” a ciertas personas, familiares y agencias. Esto significa que alguien —que no sea usted— tiene que hacer la entrega legal de (dar) copias de sus formularios de la corte, ya sea personalmente o por correo, a esas personas y agencias para que sepan que usted está solicitando ser el tutor del menor.

Tiene que hacerlo aunque piense que no les importa o que pueden no estar de acuerdo con usted.

Hay reglas para dar aviso. Tiene que seguirlas cuidadosamente. De lo contrario, es posible que tenga que volver a la corte.

Para leer acerca de la ley sobre dar aviso, lea las secciones 1511 y 1516 (en inglés), y la sección 1542 (en inglés) del Código Testamentario.

Hay dos tipos de aviso: personal y por correo.Aviso

personal significa que la persona a cargo de la entrega legal da personalmente los papeles a alguien.

Tiene que dar aviso personal a:

  • Los padres (o la(s) persona(s) con la custodia legal del menor actualmente)
  • El menor del que desea ser tutor, si el menor tiene 12 años o más

Alguien —que no sea usted— tiene que hacer personalmente la entrega legal de una copia del Aviso de audiencia y la Petición de nombramiento de tutor y todos los demás formularios que llenó, al menos 15 días antes de la audiencia.

La persona a cargo de la entrega legal de los formularios tiene que llenar y firmar la Prueba de entrega (vea el formulario muestra ), y luego dárselo a usted. Luego, preséntelo con el secretario en:

Oficina del secretario de Legalización de Testamentos
191 North First Street, sala 107
San Jose 95113

Puede usar el correo para dar aviso a:

  • Los hermanos del menor, si tienen 12 años o más
  • Los medios hermanos (de cualquiera de los padres), si tienen 12 años o más
  • Los abuelos del menor (los padres de la madre y los padres del padre del menor)
  • Director de Programas, Servicios de Respuesta a Emergencias,
    Agencia de Servicios Sociales del condado de Santa Clara
    333 W. Julian Street, 2.º piso
    San Jose, CA 94110

Si usted no tiene parentesco con el menor por sangre, matrimonio o adopción, también tiene que enviar un aviso por correo al:

Departamento de Servicios Sociales de California
Director de Servicios Sociales
744 P Street
Sacramento, CA 95814

Alguien —que no sea usted— tiene que hacer la entrega legal de (enviar por correo) una copia del Aviso de audiencia y la Petición de nombramiento de tutor y todos los demás formularios que llenó, al menos 15 días antes de la audiencia.

La persona a cargo de la entrega legal tiene que llenar y firmar la Prueba de entrega por correo al reverso del formulario del Aviso de audiencia y luego devolvérsela. Preséntela en:

Oficina del secretario de Legalización de Testamentos
191 North First Street, sala 107
San Jose 95113

¿Quién puede hacer la entrega legal?

Pídaselo a alguien que conozca que tenga 18 años o más, o a un profesional de entrega legal. Un "profesional de entrega legal" es una empresa a la cual usted le paga para entregar los formularios de la corte. Busque en la sección amarilla, bajo "Entrega legal de proceso".

Si no puede dar aviso al padre porque es "desconocido", adjunte una copia del acta de nacimiento del menor a la Petición de nombramiento. Márquela como anexo de prueba.