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Escuela de tránsito

Por lo general, usted puede ir a la escuela de tránsito si:

  • Tiene una licencia de manejar válida;
  • Su multa es por una infracción que es una infracción de tránsito en movimiento, y
  • No ha asistido a la escuela de tránsito por una infracción elegible ocurrida en los últimos 18 meses.

No puede ir a la escuela de tránsito por infracciones por equipo o que no sean infracciones de tránsito en movimiento. Para obtener más información sobre la elegibilidad, vea la regla 4.104 de las Reglas de las cortes de California (en inglés).

No puede ir a la escuela por ninguna:

  • Infracción por equipo o que no sea infracción de tránsito en movimiento
  • Delito menor
  • Infracción que tenga una comparecencia obligatoria en la corte
  • Infracción relacionada con alcohol
  • Si es titular de una licencia de manejar comercial y estaba manejando un vehículo comercial

Para obtener más información sobre la elegibilidad, vea la regla 4.104 de las Reglas de las cortes de California (en inglés).

El Código de Vehículos de California (vea la sección VC42005 en esta página del código estatal (en inglés)) establece que los conductores con una licencia de manejar comercial solo pueden asistir a la escuela de tránsito si no estaban manejando un vehículo comercial. Una vez completada, el registro de la condena no se mantendrá confidencial, pero la condena no agregará puntos al registro del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés). Los conductores con una licencia de manejar comercial son responsables de comunicarse con la Unidad de Seguridad del Conductor del DMV al (916) 657-6452 después de completar la escuela de tránsito para asegurarse de que el DMV no aplique el punto en su registro.

(A partir del 1.º de julio de 2011, la legislación eliminó la autoridad de las cortes para dictar la compleción de una escuela de tránsito de 12 horas o de Nivel II con el propósito de enmascarar la condena en el DMV).

Si usted es elegible para la escuela de tránsito, posee una licencia de manejar no comercial y completa exitosamente la escuela de tránsito, la corte notificará al DMV una condena que se mantendrá confidencial. No se mostrará en su expediente público ni se aplicará el punto a su registro del DMV.

Si es titular de una licencia de manejar comercial y no iba manejando un vehículo comercial, el registro de la condena no se mantendrá confidencial, pero la condena no sumará un punto a su registro del DMV.

Primer paso:

Tiene que pagar a la corte el "monto adeudado por la escuela de tránsito" que se indica en su aviso de cortesía. Luego, la corte le enviará un "Acuerdo para Asistir a la Escuela de Mejora de Conductores". Una vez que tenga ese documento, podrá inscribirse para asistir a una escuela de tránsito aprobada por el DMV de California. Revise el sitio web del DMV para ver los listados: vaya al sitio web de licencias ocupacionales del DMV y después de hacer clic en el botón "Start Search" (Iniciar búsqueda) y después del descargo de responsabilidad, seleccione "Traffic School List" (Lista de escuelas de tránsito) en el menú desplegable. Proceda a partir de ahí siguiendo las instrucciones del sitio.

Hay una cuota que cobra la escuela, que es independiente de lo que usted paga a la corte por la escuela de tránsito.

Puede pagar a la corte por la escuela de tránsito en persona, por correo, por teléfono o en línea:

  • En persona

    Vaya a la corte de tránsito. Pague el "Monto adeudado por la escuela de tránsito" que se muestra en su aviso de cortesía. El secretario le dará el "Acuerdo para Asistir a la Escuela de Mejora de Conductores" que necesita antes de inscribirse en una escuela de tránsito aprobada por el DMV de California.
     

  • Por correo

    Envíe una carta por correo a la corte para pedir asistir a la escuela de tránsito. Incluya el pago del monto de la casilla que dice "Monto adeudado por la escuela de tránsito" en su aviso de cortesía. (Pague SOLO el monto que se indica en "Monto adeudado por la escuela de tránsito". Por ejemplo, no pague a la vez el monto adeudado por la confiscación de la fianza y el monto adeudado por la escuela de tránsito).

    Cuando la corte reciba su solicitud para la escuela de tránsito, se le enviará por correo el "Acuerdo para Asistir a la Escuela de Mejora de Conductores" que necesita antes de inscribirse en una escuela de tránsito aprobada por el DMV de California. Si no recibe su "Acuerdo para Asistir a la Escuela de Mejora de Conductores" en un plazo de 3 semanas tras enviar su pago por correo, comuníquese con la corte.
     

  • Por teléfono o en línea

    Use el sistema automatizado de la corte (vea Pago de multas). Puede pagar con tarjeta Visa o Master Card; transferencia electrónica de fondos, o tarjeta de débito. También tendrá que pagar una cuota de conveniencia.

    Cuando la corte reciba su solicitud para la escuela de tránsito, se le enviará por correo el "Acuerdo para Asistir a la Escuela de Mejora de Conductores" que necesita antes de inscribirse en una escuela de tránsito aprobada por el DMV de California. Si no recibe su "Acuerdo para Asistir a la Escuela de Mejora de Conductores" en un plazo de 3 semanas tras enviar su pago por correo, comuníquese con la corte.

Segundo paso:

Una vez que tenga el documento "Acuerdo para Asistir a la Escuela de Mejora de Conductores" de la corte, puede inscribirse en la escuela de tránsito. Revise el sitio web del DMV para ver los listados: vaya al sitio web de licencias ocupacionales del DMV y después de hacer clic en el botón "Start Search" (Iniciar búsqueda) y después del descargo de responsabilidad, seleccione "Traffic Violator School Provider" (Proveedor de escuela para infractores de tránsito) en el menú desplegable. Proceda a partir de ahí siguiendo las instrucciones del sitio.

La escuela a la que asista tiene que ser una escuela aprobada por el DMV de California. Vea una lista empezando por el sitio web de licencias ocupacionales del DMV.

Puede tomar clases en línea, pero tiene que pagar primero el "Monto adeudado por la escuela de tránsito" que se muestra en su aviso de cortesía de la corte. (Vea ¿Cómo me inscribo en la escuela de tránsito? para obtener información sobre el pago a la corte). Una vez que tenga el "Acuerdo para Asistir a la Escuela de Mejora de Conductores" enviado por la corte, revise la lista de escuelas en el sitio web del DMV.

La escuela a la que asista tiene que ser una escuela aprobada por el DMV de California. Revise el sitio web del DMV para ver los listados: Sitio web de licencias ocupacionales del DMV.

Todas las escuelas de tránsito le pedirán que pague una cuota. Esta es adicional a la cuota administrativa que usted paga a la corte. El monto depende de la escuela que elija.

Si va a la corte y el comisionado dice que puede ir a la escuela de tránsito, el comisionado también ordenará una fecha límite para que curse la escuela de tránsito. La fecha límite estará en la orden que reciba de la corte.

Si no va a la corte, tiene que pagar la cuota de la escuela de tránsito a la corte antes de la fecha límite que aparece en su multa o aviso de cortesía. Su fecha de compleción se anotará en el formulario de acuerdo para asistir a la escuela de tránsito que recibirá de la corte. En la mayoría de los casos tiene que completarla en un plazo de 60 días a partir de la fecha en la que pague a la corte.

Siempre que haya asistido a una escuela de tránsito aprobada por el DMV de California, no tiene que hacer nada más. La escuela de tránsito aprobada por el DMV de California notificará su compleción a la corte. (Nota: Si no asistió a una escuela de tránsito aprobada por el DMV de California, la corte no aceptará su comprobante de compleción).