Prórrogas
Esta página le informa sobre qué hacer si necesita más tiempo para hacerse cargo de su multa:
Pida una prórroga en persona, por teléfono o por escrito antes de la fecha límite. (Vea la información de contacto en la página Ubicaciones de las cortes de tránsito).
El secretario solo puede darle una prórroga ("aplazamiento"). Y no puede pedirla pasados más de 30 días de la fecha límite. No hay ninguna cuota para una prórroga. El secretario puede darle más tiempo para:
- Pagar la multa
- Obtener un comprobante de corrección de infracciones por equipo
- Pedir una audiencia (puede pedir una audiencia para solicitar más tiempo para pagar su multa u obtener un comprobante de corrección de infracciones por equipo si su caso aún no ha sido enviado a una agencia de cobranza)
Si ya pasó la fecha límite, el secretario no le dará una prórroga.
Pida una prórroga en persona, por teléfono o por escrito. (Vea la información de contacto en la página Ubicaciones de las cortes de tránsito).
El secretario solo puede darle una prórroga ("aplazamiento") y solo para casos que estén fijados para lectura de cargos o juicio ante un juez, y el asunto no haya sido fijado por la corte.
Si su fecha de audiencia es para lectura de cargos, tiene que pedir su aplazamiento al menos diez días judiciales (días hábiles de la corte) antes de esa fecha.
Si su fecha de audiencia es para un juicio ante un juez, tiene que pedir su aplazamiento al menos diez días judiciales antes de esa fecha.