Tipos de audiencia
Esta página le informa sobre los cinco tipos de audiencias para casos de tránsito:
Esta es la primera audiencia después de recibir su citación (multa). En esta audiencia, el comisionado:
- Le dirá cuáles son los cargos.
- Le hablará sobre sus derechos.
- Le preguntará si desea declararse "culpable, no culpable o sin disputa".
El juicio es cuando un juez o comisionado escucha lo que ambas partes dicen sobre una acción. El juez o comisionado determinará los hechos del caso y aplicará la ley a los hechos expuestos en el juicio.
Si su caso es una infracción, puede tener un "juicio ante un juez" (un juicio que es atendido y decidido por un juez o comisionado).
Puede tener un "juicio con jurado" si fue acusado de un delito menor.
Si pierde su depósito de fianza (bono de fianza o fianza en efectivo) porque no se presentó en la corte, puede solicitar una audiencia para recuperar el dinero de la fianza.
Puede solicitar esta audiencia en persona o por escrito. Tiene que solicitarla en un máximo de 180 días después de que su fianza fue confiscada.
El secretario le pedirá que pague una cuota de presentación para presentar su moción. (Vea la lista de cuotas locales (en inglés) que indica las cuotas de presentación).
Su aviso de cortesía le dirá si usted es elegible para la escuela de tránsito. Puede inscribirse en la escuela de tránsito en persona, por correo, por teléfono o en línea.
Sepa cómo inscribirse en la escuela de tránsito en la página Escuela de tránsito.
Es posible que desee solicitar una audiencia para escuela de tránsito si:
- Su aviso de cortesía no dice que usted es elegible para la escuela de tránsito. En esta audiencia puede solicitar la escuela de tránsito.
- Necesita una prórroga para completar o inscribirse en la escuela de tránsito. (La prórroga no se aplica cuando ya pasó la fecha límite).