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Participantes en casos de justicia de menores

Personas que trabajan en la corte de justicia de menores

En la corte de justicia de menores encontrará:

Haga clic aquí para ir a la página con los nombres de los jueces de justicia de menores y los números de teléfono de la corte.

  • Juez: el juez decide si un menor cometió un delito y qué atención, tratamiento y orientación recibirá el menor.
  • Alguacil: el alguacil mantiene el orden en la corte durante las audiencias.
  • Secretario: el secretario escribe un resumen de lo que pasó en la corte y conserva los expedientes de la corte.
  • Taquígrafo de la corte: el taquígrafo de la corte escribe, palabra por palabra, lo que se dice en la corte.

¿Quién procesa un caso de justicia de menores?

El fiscal de distrito (DA, por sus siglas en inglés) procesa el caso para el estado de California. Presenta el caso contra un menor acusado de cometer un acto criminal.
Puede comunicarse con el fiscal de distrito en:

Oficina del Fiscal de Distrito, División de Menores
70 West Hedding St.
West Wing, 7.º piso
San Jose, CA 95110
Teléfono: (408) 792-2911

¿Pueden los menores y sus padres tener un abogado?

Los menores y sus padres tienen derecho a tener un abogado. Si no pueden pagar un abogado, la corte les proporcionará uno. En Santa Clara, la Oficina del Defensor Público generalmente representa al menor. Si el Defensor Público no puede por alguna razón (como, por ejemplo, si más de un menor está involucrado en el mismo caso), la corte le asignará un abogado privado.

Si en algún momento la corte decide que los padres del menor pueden pagar un abogado, la corte puede ordenar a los padres que paguen los honorarios del abogado.

Puede comunicarse con el Defensor Público en:

Oficina del Defensor Público, División de Justicia de Menores
120 West Mission St.
San Jose, CA 95110
Teléfono: (408) 299-7040

¿Puedo tener un intérprete?

La corte TIENE QUE darle un intérprete al menor si este no habla inglés o tiene problemas de audición. Dígale a la corte lo antes posible si tiene problemas para entender lo que se dice en la corte.

¿Qué hacen los funcionarios de condena condicional de menores?

Los funcionarios de condena condicional de menores hacen muchas cosas en la corte de justicia. En primer lugar, cuando un agente arresta a un menor (lo que se llama poner bajo custodia), un funcionario de condena condicional decide si liberar al menor o no. Después, mira el informe policial o el informe del delito. Basándose en ese informe, le sugerirá al fiscal de distrito si debería presentar cargos. Un funcionario de condena condicional va a todas las audiencias para darle información a la corte sobre un caso.

Si el juez decide que el menor cometió un delito, el funcionario de condena condicional tiene que evaluar al menor y decir qué tipo de atención, tratamiento y orientación debería recibir. El Departamento de Condena Condicional está a cargo de todos los menores en condena condicional —ya sea que los menores estén en su casa, en un hogar comunitario, en un rancho o en centros residenciales—.

También dirige y gestiona todos los centros de detención de menores. El Departamento de Condena Condicional de menores del condado de Santa Clara desarrolla muchos programas para ayudar a cuidar, tratar y orientar a los menores bajo su control.

El Departamento de Condena Condicional de Menores está ubicado en:
Centro de Menores
840 Guadalupe Parkway
San Jose, CA 95110
Teléfono: (408) 278-5800

Para conocer el nombre del funcionario de condena condicional de un menor, llame al: (408) 278-5800. Solamente el menor, su abogado y sus padres o tutores tienen derecho a esta información.

¿Los padres o tutores van a las audiencias de justicia de menores?

Los padres o tutores tienen que ir a la audiencia de la corte. La corte puede obligar a los padres o tutores a ir a la corte. Pero si el juez considera que lo mejor para el menor es que los padres o tutores NO vayan, entonces no tienen por qué hacerlo. Además, si les es demasiado difícil ir, es posible que el juez no los obligue.

¿Pueden otras personas ver los registros de un menor o ir a la audiencia?

En la mayoría de los casos, otras personas que no sean los padres del menor no pueden ir a las audiencias. Pero a veces, si la corte considera que alguien tiene un interés directo y válido en un caso, dejará ir a otras personas. Si un menor es acusado de un delito grave, el público puede estar presente en la sala de audiencias si el juez lo aprueba.

Un delito grave puede ser:

El menor puede pedir a la corte que no permita la entrada al público ni a la prensa si considera que no tendrá un juicio justo. Una víctima también puede pedir a la corte que no permita la entrada al público ni a la prensa cuando esté testificando. Esto es especialmente válido si se trató de un delito sexual y la víctima es menor de 16 años. Pero un testigo puede pedir que ciertas personas entren a la audiencia como apoyo mientras testifica.

Por ley, solo ciertas personas pueden ver los registros de un menor. Por lo general, solo el menor, los padres o tutores y su abogado pueden ver los registros del menor. Todas las demás personas tienen que presentar una Petición de revelación de registros de un menor en la corte de justicia de menores.

Para algunos delitos graves, la policía puede dar el nombre del menor si tiene más de 14 años.

  • Asesinato;
  • Incendio provocado;
  • Robo;
  • Cargos sexuales graves;
  • Cargos de armas;
  • Entrada ilegal con fines delictivos;
  • Drogas;
  • Actividad de pandillas;
  • Secuestro, y
  • Tortura.