Preparación para el juicio
Los últimos 100 días
La mayoría de los abogados litigantes piensan que los últimos 100 días antes de un juicio son los más importantes. Prepárese para su juicio con tiempo. Hay mucho que hacer antes de la fecha de su juicio.
Antes de prepararse para el juicio, piense en cómo llegó donde está ahora. Si llegó hasta aquí, significa que no pudo llegar a un acuerdo. Si no ha hecho todo lo posible para llegar a un acuerdo con la otra persona, hágalo ahora. Es muy difícil y caro prepararse para un juicio. Estos son algunos consejos para pensar en un acuerdo:
Infórmese sobre la negociación y el acuerdo en la biblioteca legal (Sección B 61) en: "Lynch et. al., California Negotiation and Settlement" (Negociación y acuerdo en California), Bancroft Whitney.
- Probablemente la otra parte también tiene una buena razón para llegar a un acuerdo en el caso.
- Usted no es débil por llamar a la otra parte para intentar llegar a un acuerdo o sugerir una mediación. Ya terminó la revelación. Ambos conocen el caso. Ambos tienen que afrontar el costo y el riesgo de ir a juicio. Ambos deberían querer hablar.
- Piense en lo que es más importante para usted, no en lo que es justo. No vaya a juicio para obtener lo que considera justo. Probablemente se sentirá decepcionado. Piense en lo que es más importante para usted y qué tipo de acuerdo o solución le dará lo que necesita.
- Haga concesiones. Si espera porque cree que obtendrá todo lo que quiere en el juicio o si no llega a un acuerdo porque piensa que no debe dinero, puede que lo hagan ver que se equivoca. Si llega a un acuerdo, es como una póliza de seguro. Pierda un poco para no perder mucho.
Estos son algunos puntos importantes para pensar cuando se prepare para el juicio: puede encontrar más información sobre su juicio en la Biblioteca Legal del condado, en la sección B 61. Por ejemplo:
Cuando se prepare, empiece por el principio. Cada paso es importante para su juicio. Hay partes del litigio que son buenas oportunidades para que usted se prepare para el juicio.
- Bennet, et. al., Guide to Jury Selection and Trial Dynamics (Guía para la selección del jurado y la dinámica del juicio), West (1994)
- Cotchett, California Courtroom Evidence (Pruebas en la sala de audiencias de California), Lexis, 5.ª edición
- Cal Practice with Forms (Práctica con formularios de California), Bancroft Whitney, 20 volúmenes
Cada documento legal que usted presenta en su demanda es un alegato. La corte usa documentos como la demanda, la contrademanda y la respuesta para decidir qué pruebas deberían aparecer en el juicio. Lo que digan la demanda y la contrademanda será importante. Ayuda al juez a decidir qué instrucciones legales usará el juez o el jurado.
Parte de la preparación para el juicio es hacer un resumen de estos documentos y de lo que tiene que probar para presentar su caso o defenderlo.
Cuando se prepare para el juicio, repase toda esta información y haga un resumen de lo que cree que le ayudará a presentar sus pruebas o a cuestionar las pruebas de la otra persona.
- Reúna datos;
- Obtenga declaraciones de testigos informalmente, u
- Obtenga declaraciones de los testigos en una declaración jurada;
- Averigüe lo que va a decir la otra parte;
- Vea lo bueno que cree usted que es su caso, y
- Obtenga toda la información importante que necesita para presentar su caso en la corte.
Al igual que la revelación, se pueden usar mociones y órdenes de mociones en el juicio. Repase sus documentos y órdenes de moción cuando se prepare para el juicio. Empiece a centrar toda su atención en prepararse para el juicio al menos 100 días antes.
No necesita un testigo experto para todos los casos. Pero si necesita uno para su caso, esté preparado para decirle a la otra parte los nombres, las direcciones y los números de teléfono de los expertos y en qué son expertos.
También tendrá que darles una declaración sobre el testimonio del experto o lo que usted cree que el experto dirá en la corte. Usted es responsable de conseguir sus propios testigos expertos.
La sección 2034 del Código de Procedimiento Civil (en inglés) (y a veces las reglas locales de la corte) dice que usted tiene que hacer la entrega legal a la otra persona de la información de su testigo experto. Esto se llama revelación.
En general, tiene que dar la revelación 50 días antes del juicio. Infórmese antes de las reglas locales de la corte de Santa Clara y de la sección 2034 (en inglés). En la biblioteca legal puede encontrar otros formularios que le ayudarán a prepararse para el juicio.
Por ejemplo:
- California Forms of Pleading and Practice (Formularios de alegatos y práctica de California)
- California Points and Authorities (Jurisprudencia de California)
- Civil Procedure Before Trial (Procedimiento civil antes del juicio) (CEB - un volumen)
- Reglas de las cortes de California
- Código de Procedimiento Civil de California (en inglés)
- Reglas civiles de la corte local, condado de Santa Clara
(en inglés)
Tiene que conseguir que sus testigos vayan al juicio a la hora correcta. Muchos testigos, incluso aquellos con los que usted tiene amistad, necesitan un citatorio para poder dejar sus trabajos e ir a la corte. Un profesional de entrega legal tiene que hacer la entrega legal del citatorio.
Planifique todo con antelación. Si un testigo va a estar fuera de la ciudad durante el juicio, puede tomarle su declaración jurada y usarla en lugar de pedirle que testifique en el juicio.
Si tiene un juicio con jurado, tiene que escribir instrucciones para el jurado. Estas son las leyes que respaldan su versión de los hechos. Ambas partes le dan al juez sus instrucciones antes del juicio. El juez elige qué instrucciones leerle al jurado.
Si usted no es abogado, busque la ayuda de un abogado litigante con experiencia. Si la otra parte tiene abogado y usted no, esta puede tener ventaja. Puede darle al juez instrucciones que no sean justas para usted.
Recuerde: Dos personas pueden interpretar los precedentes legales de formas diferentes. No puede esperar que la otra parte interprete la ley de forma que le ayude a usted.
Si una de las partes pide un juicio con jurado antes de la fecha límite, tiene que pagar cuotas a la corte al menos 25 días antes del juicio. Si nadie paga las cuotas del jurado a tiempo, usted no tendrá jurado. Un juez escuchará su caso sin jurado. Usted habrá "renunciado" al jurado.
A partir del 24 de julio de 2017, la corte proporcionará taquígrafos de la corte en todos los siguientes casos: delitos mayores penales, derecho de familia, dependencia de menores, justicia de menores, Ley Lanterman-Petris-Short (LPS), tutelas de la persona o del patrimonio de menores, acoso civil y desacato civil - incluyendo cualquiera de estos casos que sean asignados para juicio o audiencia de causa larga a la División Civil o para ser atendidos por un juez asignado a la División Civil.
Para las audiencias y los juicios de asuntos civiles ilimitados, asuntos civiles limitados en la medida en la que no se registren electrónicamente, y de asuntos testamentarios, una parte tiene derecho a contratar, a sus expensas, los servicios de un taquígrafo de la corte si no están disponibles los servicios de un taquígrafo oficial de la corte. La Corte Superior del condado de Santa Clara estableció una política que establece los requisitos para calificar como taquígrafo oficial pro tempore; haga clic para ver la política relativa a la contratación privada de taquígrafos de la corte (en inglés).
Mociones in limine (mociones para limitar pruebas o argumentos):
Las "mociones in limine" son mociones para limitar las pruebas y los argumentos usados en el juicio. En general, usted presenta estas mociones por escrito al comienzo del juicio. Muchas veces, las mociones se presentan oralmente.
Indique sus mociones in limine en su Declaración de conferencia de acuerdo obligatoria. Presente su Declaración una semana antes del juicio.
En el juicio, puede mostrar anexos de prueba, como:
Planifique antes de gastar dinero en anexos de prueba. Pruebe a la corte que su anexo de prueba muestra lo que realmente pasó, no solo su versión de los hechos. No puede mostrar anexos de prueba en el juicio a menos que pruebe que el anexo de prueba es verdadero y correcto en todos los sentidos.
- Ampliaciones de declaraciones de testigos
- Testimonio en una declaración jurada
- Documentos
- Fotos
- Imágenes realizadas por artistas para mostrar partes del caso
- Videos
- Maquetas
- Copias de cosas que eran parte de lo que pasó
Muchas veces tiene que mostrar a la corte documentos escritos para probar:
Pida a la otra persona que acepte dar a la corte algunos documentos o fotocopias como pruebas. Puede que no esté de acuerdo con esto. Luego, usted tiene que probar que los documentos son verdaderos y correctos. A esto se le llama "sentar las bases".
En general, no puede presentar una foto o una fotocopia a menos que haya un testigo para que testifique que las pruebas son verdaderas. USTED puede ser ese testigo.
Hay muchas reglas para las pruebas. Pida al bibliotecario de la biblioteca legal que le ayude a encontrar el Código de Pruebas y libros que hablan de las reglas para las pruebas documentales.
- Lo que usted acordó;
- Lo que se dijo;
- Cuánto le cobraron, etc.
La dificultad de su juicio depende del tipo de caso que tenga y de lo complicada que sea la ley para su caso. Empiece siempre a prepararse con tiempo. Si no lo hace, puede verse sorprendido por cosas que tiene que hacer antes del juicio y que no hizo a tiempo.
Sea agresivo a la hora de intentar llegar a un acuerdo. Prepararse para el juicio y el juicio mismo pueden ser muy caros y arriesgados.